Obligaciones de los entes territoriales que hayan incluido el situado fiscal en sus presupuestos sin estar certificados. Los departamentos y distritos que sin haber sido certificados a la fecha de expedición de este Decreto, hayan incorporado para la vigencia fiscal de 1994, en el presupuesto de la entidad territorial, los recursos del situado fiscal, deberán modificar o adicionar la ordenanza o acuerdo, según el caso, para ajustar su distribución a las normas del presente Decreto.
Decreto 2676 de 1993 →Vigente
Artículo 17
Obligaciones De Los Entes Territoriales Que Hayan Incluido El Situado Fiscal En Sus Presupuestos Sin Estar Certificados
Decreto 2676 de 1993 · por medio del cual se reglamenta parcialmente el inciso segundo del artículo 15, el artículo 18 y el parágrafo segundo del artículo 19 de la Ley 60 de 1993 y se dictan otras disposiciones.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.