ARTICULO 35 . Señálase para los estudios de Genética (32), las siguientes tarifas: 32101 Cariotipos $ 4.113 32102 Consulta genética y estudio de cronosomas mediante cultivo de linfocitos 5.977 32103 Estudio de cromosoma (cultio e filolastos) 7.974 32104 Estudio cromosomico prenatal 9.365 32105 Test de crornatina 1.990 32l06 Pruebas cromosómicas y cultivos celulares en estados leucémicos y preleucémicos 7.974 32107 Marcador genético de susceptibilidad a enfermedades 3.650 32108 Estudio de penetración de espermatozoides en oocitos desnudos de Hainster 20.592 Incluye: Preparación de los espernatozoides del paciente en caso de proceder a inseminación artificial.
Decreto 1063 de 1988 →Vigente
Artículo 35
Decreto 1063 de 1988 · Por el cual se reglamenta el artículo 115 de la Ley 33 en lo relativo a las tarifas y el procedimiento para las reclamaciones de las entidades adscritas al Sistema Nacional de Salud a las compañías de seguros, por concepto del seguro obligatorio por daños corporales causados a las personas en accidentes de tránsito
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.