º Los empleados del resguardo, y cuando fuere necesario los de la aduana, que Por circunstancias especiales de su servicio deban viajar en el tren tendrán franquicia en toda la línea.
Decreto 1217 de 1926 →Vigente
Artículo 4
Los Empleados Del Resguardo, Y Cuando Fuere Necesario Los De La Aduana, Que Por Circunstancias Especiales De Su Servicio Deban Viajar En El Tren Tendrán Franquicia En Toda La Línea
Decreto 1217 de 1926 · Por el cual se reglamenta el transporte de la mercancía de tránsito procedente de Venezuela por el ferrocarril de Cúcuta
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.