Destínase la cantidad de sesenta mil pesos ($ 60.000) a la reconstrucción de Purificación. La cantidad expresada será entregada a una Junta compuesta por el Gobernador del Tolima, el Cura párroco de Purificación y el Presidente del Concejo de esa Municipalidad. Dicha Junta funcionará ad honorem, y nombrará como Tesorero a uno de sus miembros, el cual estará obligado a rendir cuenta pormenorizada de la inversión de los fondos a la Contraloría General del Departamento.
Ley 31 de 1928 →Vigente
Artículo 1
Ley 31 de 1928 · por la cual se decretan unos auxilios a las poblaciones de Purificación y San Lorenzo (Nariño) y se hace una destinación
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.