Micelio

Artículo 8

Ley 154 de 1959 · Por la cual se crea una Empresa Puertos de Colombia

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

o :Sobre las bases generales consignadas en la presente Ley, y habida consideración de que la empresa Puertos de Colombia tendrá la responsabilidad total del manejo de la carga dentro de las zonas portuarias, la Junta Directiva dictara los estatutos de la entidad, los cuales requieren para su validez de la aprobación del Gobierno Nacional.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 154 de 1959