Micelio

Artículo 4

º Autorízase Al Banco Central Hipotecario Para Emitir Bonos De Fomento Urbano, Para Efectos De Las Inversiones De Parte Del Encaje Que Efectúen Las Corporaciones De Ahorro Y Vivienda Con Sujeción A Las Normas Que Dicte La Junta Monetaria Al Respecto

Decreto 403 de 1988 · Por el cual se dictan medidas sobre corporaciones de ahorro y vivienda y se intervienen en la actividad del Banco Central Hiportecario

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Autorízase al Banco Central Hipotecario para emitir Bonos de Fomento Urbano, para efectos de las inversiones de parte del encaje que efectúen las Corporaciones de Ahorro y Vivienda con sujeción a las normas que dicte la Junta Monetaria al respecto. Los bonos de que trata el inciso anterior tendrán las características señaladas en el artículo 2º del Decreto 720 de 1987, salvo en lo relativo a su plazo que será de un año.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 403 de 1988