Micelio

Artículo 2

Ley 46 de 1917 · por la cual se da existencia legal a varias Escuelas Primarias de la capital de la República

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Autorizase al Gobierno para invertir en el arrendamiento de locales para las Escuelas de que trata esta Ley, hasta $ 9,360 anuales, y para sueldos de los Directores hasta $ 6,240.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 46 de 1917