Micelio

Artículo 27

Decreto 1179 de 1999 · por el cual se reestructura el Ministerio de Transporte y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Calidad de los miembros de la Comisión de Regulación del Transporte. Los expertos son servidores públicos sujetos a las prohibiciones, inhabilidades e incompatibilidades establecidas en la ley y en el presente decreto. Los expertos deberán reunir las siguientes condiciones

1.

Ser colombiano y ciudadano en ejercicio.

2.

Tener título universitario en alguna de las siguientes disciplinas: Ingeniería, Arquitectura, Economía, Administración Pública o de empresas o derecho, y estudios de postgrado en área de la economía.

3.

Contar con una reconocida preparación y experiencia profesional preferentemente en el sector del transporte y haber desempeñado cargos de responsabilidad en entidades públicas o privadas del sector del transporte, nacionales o extranjeras, por un período superior a seis años; o haberse desempeñado como consultor o asesor en la misma área por un período de seis años.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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