Artículo único. A partir de crímenes en el presente año, suprime se los siguientes cargos en el ministerio de obras públicas, ramo de navegación y puertos: Según ayudante embarca en un día oficial de Buenaventura, inspectores técnicos de la sección de clasificación de embarcaciones, Señores Noé Pereira y Abacue Beltrán. Ayudante del Inspector fluvial de La Dorada. Ayudante el Inspector fluvial de Puerto Salgar. Ayudante Inspector ciudad de Puerto Berrío. Ayudante el Inspector fluvial de Puerto Wilches. Ayudante el Inspector fluvial de Gamarra. Ayudante del Inspector fluvial de El Banco. Ayudante del Inspector fluvial de Maganqué. Ayudante del Inspector fluvial de Calamar. Secretario oficial estadística de la sección de dragados, equipo y. Su almacenista de la sección de dragados, equipo y almacenes. Oficial de kárdex del almacén de la sección de dragado, equipo y almacenes. Oficial de cantes de cuentas corrientes, de la sección de dragados, equipo y almacenes. Almacenes. Oficial de personal de la sección de dragados, Chequeado de almacén de la sección de dragados, equipo y almacenes. Comuníquese y publíquese.
Decreto 224 de 1952 →Vigente
Artículo 1
Decreto 224 de 1952 · Por el cual se suprimen unos cargos en el Ministerio de Obras Públicas - Ramo de Navegación y Puertos
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.