Por conducto de esta Sección, el Departamento de Protección Infantil y Materna estimulará la creación de colonias de vacaciones para las escalares y adolescentes y realizará estudios sobre la organización y funcionamiento de las actuales colonias, a fin de que, a base de su experiencia, pueda el Ministerio de Trabajo, Higiene y Previsión Social establecer las normas a que deban ceñirse estas instituciones, las cuales rendirán a la Sección los informes que sean necesarios.
Artículo 15
Por Conducto De Esta Sección, El Departamento De Protección Infantil Y Materna Estimulará La Creación De Colonias De Vacaciones Para Las Escalares Y Adolescentes Y Realizará Estudios Sobre La Organización Y Funcionamiento De Las Actuales Colonias, A Fin De Que, A Base De Su Experiencia, Pueda El Ministerio De Trabajo, Higiene Y Previsión Social Establecer Las Normas A Que Deban Ceñirse Estas Instituciones, Las Cuales Rendirán A La Sección Los Informes Que Sean Necesarios
Decreto 378 de 1939 · Por el cual se determina el plan de acción del Departamento de Protección Infantil y Materna
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.