Micelio

Artículo 8

El Valor De Los Cultivos De Mediano Y Tardío Rendimiento, Será El Que Fije La Entidad Que Haya Prestado Asistencia Técnica Al Cultivo, Siempre Que Se Encuentre Debidamente Autorizada Por El Ministerio De Agricultura Y Desarrollo Rural

Decreto 4123 de 2005 · por el cual se reglamenta parcialmente el artículo 189 del Estatuto Tributario.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. El valor de los cultivos de mediano y tardío rendimiento, será el que fije la entidad que haya prestado asistencia técnica al cultivo, siempre que se encuentre debidamente autorizada por el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 4123 de 2005