Micelio

Artículo 6

Para La Presentación De Las Declaraciones Tributarias Y El Pago De Impuestos, Retenciones, Sanciones E Intereses De Que Trata El Decreto 3022 De 1989, El Concepto De Bancos, Incluye Las Entidades Financieras Autorizadas Para El Efecto Por El Ministro De Hacienda Y Crédito Público, En Las Condiciones Previstas En Dichas Autorizaciones

Decreto 653 de 1990 · por el cual se reglamenta parcialmente el Estatuto Tributario en materia de Retención en la Fuente, Procedimiento, Impuesto de Timbre y se dictan normas para el adecuado control de los recaudos.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Para la presentación de las declaraciones tributarias y el pago de impuestos, retenciones, sanciones e intereses de que trata el Decreto 3022 de 1989, el concepto de bancos, incluye las entidades financieras autorizadas para el efecto por el Ministro de Hacienda y Crédito Público, en las condiciones previstas en dichas autorizaciones.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 653 de 1990