Micelio

Artículo 4

De La Oficina Jurídica

Decreto 2332 de 1977 · Por el cual se reorganiza el Departamento de Aeronáutica Civil

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° De la Oficina Jurídica . Son funciones de la Oficina Jurídica

1.

Conceptuar sobre los asuntos jurídicos relacionados con el Departamento y con el Fondo Aeronáutico Nacional;

2.

Elaborar, o. en todo caso, revisar los proyectos de ley, decreto o resolución, relacionados con el sector aeronáutico civil de la Nación;

3.

Preparar las minutas de los contratos que celebren el Departamento o el Fondo Aeronáutico Nacional, así como las modificaciones a los mismos y conceptuar sobre todo lo relacionado con dichos contratos;

4.

Suministrar al Ministerio Público, en los juicios en que sea parte la Nación, todas las informaciones y documentos necesarios para la defensa de los intereses del Estado y de los actos del Gobierno, e informar al Jefe del Departamento y a la Secretaría Jurídica de la Presidencia de la República sobre el curso de tales juicios;

5.

Intervenir en todos los procesos judiciales o administrativos en que sean parte el Departamento o el Fondo Aeronáutico Nación, sin perjuicio de que el Jefe del Departamento pueda contratar los servicios de profesionales esperanzados cuando lo estime conveniente;

6.

Codificar las normas relacionadas con el sector aeronáutico civil de la Nación y actualizar dicha codificación, y

7.

Las demás que le sean encomendadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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