° El patrimonio de la Industria Militar estará representado por los siguientes activos
Valor, según inventario, de todos los bienes de las Reparticiones determinadas en el artículo 1° del Decreto 3135-bis de 1954. Dicho inventario será elaborado, separadamente, por cada Repartición, y sus activos, previa comprobación y visto bueno de la Contraloría General de la República, serán entregados a la Industria Militar mediante acta que firmarán el funcionario que haya tenido a su cargo la responsabilidad y manejo de la respectiva dependencia, el Gerente de la Industria Militar y el funcionario que designe, para el efecto, el Contralor General de la República;
Valor, según balance y anexos, de los activos del Fondo Rotatorio de la Fábrica de Material de Guerra y Maestranzas Militares. Previa comprobación y visto bueno del balance y anexos por la Contraloría General de la República, se hará entrega de los bienes mediante acta que firmará el representante legal del Fondo, el Gerente de la Industria Militar y el funcionario que designe para el efecto el Contralor General de la República;
Valor de las partidas que apropie el Gobierno Nacional con destino al fomento y desarrollo de la Industria Militar y todas aquellas que asigne para determinadas obras, empresas, adquisiciones, instalaciones, servicios, etc., de la misma Industria Militar, y
El valor de las utilidades líquidas obtenidas en cada ejercicio.