º El Consejo podrá invitar a sus deliberaciones a los funcionarios de otras dependencias oficiales y a representantes de gremios u organizaciones del sector privado.
Decreto 2696 de 1984 →Vigente
Artículo 3
El Consejo Podrá Invitar A Sus Deliberaciones A Los Funcionarios De Otras Dependencias Oficiales Y A Representantes De Gremios U Organizaciones Del Sector Privado
Decreto 2696 de 1984 · Por el cual se estructura el Consejo Nacional de Recursos Energéticos
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.