° Cuando la obra hubiere sido ejecutado por un grupo de ingenieros entre los cuales no pueda destacarse claramente quien ha sido el jefe, o por una sociedad o persona jurídica, el premio podrá otorgarse a dicho grupo de ingenieros repartiendo o entre todos, o a la sociedad o persona jurídica, en la cabeza de su representante legal, que debe ser ingeniero matriculado.
Decreto 2194 de 1969 →Vigente
Artículo 3
Cuando La Obra Hubiere Sido Ejecutado Por Un Grupo De Ingenieros Entre Los Cuales No Pueda Destacarse Claramente Quien Ha Sido El Jefe, O Por Una Sociedad O Persona Jurídica, El Premio Podrá Otorgarse A Dicho Grupo De Ingenieros Repartiendo O Entre Todos, O A La Sociedad O Persona Jurídica, En La Cabeza De Su Representante Legal, Que Debe Ser Ingeniero Matriculado
Decreto 2194 de 1969 · Por el cual se reglamenta el Premio Nacional de Ingeniería
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.