°. Toque de queda. Los gobernadores o alcaldes, de acuerdo con sus facultades legales y acorde con lo recomendado en el respectivo consejo departamental o municipal de seguridad o en los correspondientes comités de orden público y durante el período que se estime conveniente, podrán decretar el toque de queda con el objeto de prevenir posibles alteraciones del orden público.
Decreto 900 de 2019 →Vigente
Artículo 4
Toque De Queda
Decreto 900 de 2019 · Por el cual se dictan normas para la conservación del orden público relacionadas con la jornada de participación democrática de las consultas populares, internas e interpartidistas, para la toma de decisiones de los partidos, movimientos polÃticos y/o grupos significativos de ciudadanos a realizarse el 26 de mayo de 2019 y se dictan otras disposiciones.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.