Articulo diez y ocho. Los alumnos que al entrar en vigencia este Decreto hayan cursado y aprobado uno o mas años del plan de estudios establecidos por el Decreto numero 2433 de 1959, pueden continuar recibiendo su formación de acuerdo con ese plan hasta la terminación de uno cualquiera de los ciclos que comprende, o seguir el plan autorizado por este decreto, haciendo las compensaciones o validaciones que se requieran.
Decreto 718 de 1966 →Vigente
Artículo 18
Decreto 718 de 1966 · por el cual se reorganizara la educación industrial de nivel medio y se crean las carreras técnicas intermedias.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.