Modifíquese el artículo 2.2.1.2.1.20. de la sección 1 del Capítulo 2 del Título 1 de la parte 2 del libro 2 del Decreto número 1067 de 2015, el cual quedará así: Artículo 2.2.1.2.1.20. República de Chile. Fíjense las circunscripciones para las Oficinas Consulares acreditadas en la República de Chile. • Antofagasta . II Región Antofagasta, I Región Tarapacá, III Región de Atacama y XV Región Arica Parinacota. • Santiago . Región Metropolitana, IV Región Coquimbo, V Región Valparaíso, VI Región Libertador General Bernardo O’Higgins, VII Región Maule, VIII Región Biobío, IX Región Araucania, X Región Los Lagos, XI Región Aisén del General Carlos Ibáñez del Campo, XII Región Magallanes, XIV Región de los Ríos y Antártica Chilena.
Decreto 2348 de 2015 →Vigente
Artículo 14
Decreto 2348 de 2015 · por medio del cual se modifican parcialmente las disposiciones generales de las concurrencias de las Misiones Diplomáticas y las Circunscripciones de las Oficinas Consulares de Colombia acreditadas en el exterior, de que tratan los Capítulos 1 y 2 del Título 1 de la parte 2 del libro 2 del Decreto número 1067 de 2015.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.