Competencia para la calificación de pérdida de capacidad laboral y/o ocupacional en primera oportunidad. Colpensiones como Administradora del Componente de Prima Media será competente para calificar la pérdida de capacidad laboral y/o ocupacional y la fecha de estructuración, así como revisar el estado de invalidez de sus afiliados y beneficiarios, por enfermedades y/o accidentes de origen común, cuando se cumplan alguno de los siguientes requisitos
Cuando exista Concepto de Rehabilitación con pronóstico desfavorable para aquellos eventos de origen común y dicho concepto se haya emitido y notificado por parte de Entidades Promotoras de Salud a la entidad a partir del 1° de julio de 2025.
Cuando el afiliado alcance la Mejoría Médica Máxima (MMM) y esta se determine a partir del 1 de julio de 2025.
Cuando el proceso de rehabilitación y los 540 días de incapacidad los cumpla con posterioridad al 1 de julio de 2025.
Cuando se trate de Convenios Internacionales debidamente ratificados por Colombia, por solicitud del competente.
Por orden judicial.
En caso de que Colpensiones como Administradora del Componente de Prima Media contrate el seguro previsional o el mecanismo que determine el Gobierno nacional para gestionar el riesgo de invalidez, el trámite de calificación de pérdida de capacidad laboral u ocupacional estará a cargo del seguro previsional contratado o del mecanismo alterno que determine el Gobierno nacional.