Micelio

Artículo 6

Fines

Decreto 481 de 2025 · por el cual se reconoce y establece el Sistema Educativo Indígena Propio (SEIP) de los pueblos y comunidades indígenas de Colombia, como Política Pública de Estado y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Fines . Son fines del Sistema Educativo Indígena Propio (SEIP) los siguientes

1.

Fortalecimiento de la familia indígena como raíz fundamental y núcleo esencial de los procesos de educación indígena propia.

2.

Fortalecimiento de la identidad cultural, potenciando los planes de vida y los procesos educativos indígenas propios.

3.

Conservación y protección de las lenguas nativas y otras formas de comunica­ción propia, promoviendo su recuperación, fortalecimiento, revitalización, uso y valoración en los procesos educativos indígenas propios.

4.

Fortalecimiento de la diversidad lingüística y cultural para tejer sabiduría ances­tral y conocimiento.

5.

Producción, revitalización y valoración de los saberes, prácticas y conocimientos propios y de otras culturas, a partir de la investigación comunitaria.

6.

Contribuir en la construcción de un Estado pluriétnico y multicultural que re­conoce las autonomías, las estructuras de gobierno propio para la pervivencia cultural y lingüística de los pueblos indígenas.

7.

Fortalecimiento de los procesos educativos indígenas propios, en el marco de los planes de vida, de acuerdo con las Leyes de Origen, Derecho Mayor y Derecho Propio.

8.

Contribuir al buen vivir de los pueblos indígenas, mediante el Sistema Educativo Indígena Propio, SEIP, de acuerdo con las realidades, contextos, dinámicas y espacios propios.

9.

Reivindicación y vivencia de la memoria de los pueblos indígenas y las lenguas nativas, así como la protección y conservación del territorio, la autonomía políti­ca y la gobernabilidad.

10.

Apropiar y adecuar tecnologías para el fortalecimiento de los procesos educati­vos indígenas propios.

11.

Valoración integral de los procesos educativos indígenas propios en los tres com­ponentes del Sistema Educativo Indígena Propio, SEIP.

12.

Contribuir al fortalecimiento de la autonomía y soberanía alimentaria de los pue­blos indígenas desde las cosmovisiones y los procesos educativos indígenas pro­pios.

13.

Fortalecer y reivindicar desde los procesos educativos indígenas propios, el equi­librio, armonía, cuidado y defensa de la Madre Tierra.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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