°. Sin perjuicio de los derechos mínimos irrenunciables previstos en el artículo 3° de la Ley 1233 de 2008, las Precooperativas y Cooperativas de Trabajo Asociado, a partir de la fecha de entrada en vigencia del artículo 63 de la Ley 1429 de 2010, retribuirán de conformidad con lo establecido en el Código Sustantivo del Trabajo, a los trabajadores no asociados por las labores realizadas.
Decreto 2025 de 2011 →Vigente
Artículo 8
Sin Perjuicio De Los Derechos Mínimos Irrenunciables Previstos En El Artículo 3° De La Ley 1233 De 2008, Las Precooperativas Y Cooperativas De Trabajo Asociado, A Partir De La Fecha De Entrada En Vigencia Del Artículo 63 De La Ley 1429 De 2010, Retribuirán De Conformidad Con Lo Establecido En El Código Sustantivo Del Trabajo, A Los Trabajadores No Asociados Por Las Labores Realizadas
Decreto 2025 de 2011 · Por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 1233 de 2008 y el artículo 63 de la Ley 1429 de 2010
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.