En la capital de la República, en el sitio que señalen sus autoridades distritales, dentro de la Avenida de los Comuneros, la Nación erigirá un monumento conmemorativo de la gesta de los Comuneros, presidido por una estatua en bronce, tamaño heroico, del prócer José Antonio Galán. Parágrafo. En el pedestal de este monumento se grabará la siguiente inscripción: "Colombia agradecida a José Antonio Galán".
Ley 98 de 1963 →Vigente
Artículo 3
Ley 98 de 1963 · Por la cual se honra la memoria del prócer Comunero José Antonio Galán
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.