De las Zonas. Créanse en el Departamento las siguientes Zonas que dependerán jerárquicamente de la Secretaría General y funcionalmente de las Direcciones Generales: Zona Sede Jurisdicción Número 1 Bogotá, D.;E Departamento de Cundinamarca. Huila y Tolima; Intendencia del Caquetá, Comisarías del Amazonas y Putumayo. Número 2 Medellín Departamentos de Antioquia, Caldas, Córdoba y Chocó. Número 3 Barranquilla Departamentos del Atlántico, Bolívar, Cesar, Guajira, Magdalena, Sucre, e Intendencias ce San Andrés y Providencia. Número 4 Cali Departamentos del Valle del Cauca, Cauca, Nariño, Quindío y Risaralda. Número 5 Cúcuta Departamentos del Norte de sartas de Guainía, Vaupés y Vi-Santander, Boyacá, y Santander e Intendencia del Arauca. Número 6 Villavicencio Departamento del Meta; Intendencia de Casanare y Comisaría de Guainía, Vaupés y Vichada
Las Zonas que se crean en el presente artículo tendrán como función la ejecución, coordinación y control, en su respectiva área de jurisdicción, de los programas que corresponden al Departamento.