° Los municipios en cuyos territorios adelante explotaciones de hidrocarburos la Empresa Colombiana de Petróleos tendrá derecho a recibir el dos por ciento (2%) del producto bruto de dichas explotaciones.
Decreto 1246 de 1974 →Vigente
Artículo 2
Los Municipios En Cuyos Territorios Adelante Explotaciones De Hidrocarburos La Empresa Colombiana De Petróleos Tendrá Derecho A Recibir El Dos Por Ciento (2%) Del Producto Bruto De Dichas Explotaciones
Decreto 1246 de 1974 · por el cual se adoptan normas sobre participaciones en materia de hidrocarburos.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.