° Hácense en el Presupuesto Nacional de rentas y Ley de Apropiaciones para el año fiscal de 1° de enero a 31 de diciembre de 1929, los siguientes traslados: MINISTERIO DE GUERRA Del capítulo 34, artículo 444. Para armamento mayor, menor y accesorios 300,000 Del capítulo 37, artículo 477. Para construcción de cuarteles y compra de lotes, así:
94,000
80,0000
50,0000
21,0000
22,800 97
5,000 Al capítulo 37, artículo 477.
5,000 Al capítulo 40, artículo 509 B. Para pago de deudas de vigencias expiradas 567,800 97 Sumas iguales 572,800 97 572,800 97