Centros Territoriales de Administración Pública . Los Centros Territoriales de Administración Pública, CETAP, serán organizados por el Director Nacional de la Escuela Superior de Administración Pública, ESAP previa recomendación de los Directores Territoriales y cumplirán las siguientes funciones
Instaurar y mantener actualizado un proceso permanente de evaluación y planeación de las actividades institucionales para los municipios y entidades del área de su jurisdicción, el cual deberá desplegarse en programas y proyectos académicos, de desarrollo institucional para los municipios y sus entidades descentralizadas y de mejoramiento continuo del sector estatal cubierto.
Ejecutar los programas académicos de pregrado, posgrado, educación continuada, de asesoría e investigación, de conformidad con las políticas emanadas de la Dirección Territorial y la Dirección Nacional de la Escuela Superior de Administración Pública, ESAP.
Adelantar las funciones administrativas y de apoyo a las actividades académicas, investigativas y de extensión, de acuerdo con las políticas establecidas institucionalmente, y con estricta sujeción a los principios y prácticas vigentes sobre el control interno, según la naturaleza de la Escuela Superior de Administración Pública, ESAP.
Presentar informes periódicos de evaluación y avances de los programas y proyectos bajo su responsabilidad, al igual que los informes que le sean solicitados.
Adelantar labores permanentes de difusión y promoción de los programas y proyectos programados para el Centro Territorial de Administración Pública, CETAP, al igual que efectuar investigaciones acerca de las necesidades de formación, capacitación y asesoría.
Tramitar ante la Secretaría General de la Escuela Superior de Administración Pública, ESAP, la expedición de certificados y diplomas de los estudiantes vinculados a los programas que desarrollan en los Centros Territoriales de Administración Pública, CETAP y mantener los registros académicos correspondientes, garantizando su integridad, veracidad y seguridad.
Las demás que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia