Micelio

Artículo 3

Subrogación De Los Artículos 2

Decreto 942 de 2022 · por el cual se modifican algunos artículos de la Sección 3, Capítulo 2, Título 4, Parte 4, Libro 2 del Decreto número 1075 de 2015 -Único Reglamentario del Sector Educaciónsobre el reconocimiento y pago de Prestaciones Económicas a cargo del Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Subrogación de los artículos 2.4.4.2.3.2.29 y 2.4.4.2.3.2.30 del Decreto número 1075 de 2015. Subróguese los artículos 2.4.4.2.3.2.29 y 2.4.4.2.3.2.30 del Decreto número 1075 de 2015, los cuales quedarán así: “ Artículo 2.4.4.2.3.2.29. Solicitudes de reconocimiento y pago de la sanción moratoria. El solicitante deberá radicar ante la Entidad Territorial Certificada que expidió el acto administrativo de reconocimiento de cesantías parciales o definitivas, la solicitud de pago de la mora en el trámite tardío de su reconocimiento y pago de que trata el artículo 5° de la Ley 1071 de 2006. La Entidad Territorial Certificada contará con un término de quince (15) días hábiles para pronunciarse sobre su responsabilidad y dar respuesta de fondo a la solicitud, en la cual deberá pronunciarse sobre el reconocimiento y pago de la mora e incluirá las fechas en las cuales se radicó el trámite ante la entidad, expidió, notificó y gestionó el acto administrativo de reconocimiento de la prestación ante la sociedad fiduciaria para su pago, garantizando la fidelidad de la información respecto del reconocimiento y pago efectuado, que para el efecto brinde la herramienta tecnológica dispuesta para tal fin. Artículo 2.4.4.2.3.2.30. Plataforma de gestión de trámites . Las Entidades Territoriales Certificadas y la sociedad fiduciaria, deberán simplificar, adecuar y digitalizar la gestión del reconocimiento y pago de cesantías, y para ello, deberán suprimir los trámites innecesarios y garantizar la gestión adecuada de los datos a través del uso de las herramientas tecnológicas de intercambio de información que soportan dicho trámite. Si por fuerza mayor o caso fortuito se presentan fallas en la plataforma de digitalización o herramientas tecnológicas, se. deberán utilizar los medios más expeditos para el trámite de la prestación con los documentos o anexos pertinentes.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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