Son funciones de la Sección de Corporaciones de Ahorro y Vivienda: a). Estudiar y aprobar los sistemas de amortización que presenten las diferentes Corporaciones de Ahorro y Vivienda, b). Estudiar y aprobar las tarifas que puedan cobrar las Corporaciones de Ahorro y Vivienda por prestación de los servicios de que trata el
del artículo 5º del Decreto 359 de 1973; c). Aprobar los reglamentos de las cuentas de ahorro en unidades de poder adquisitivo constante; d). Velar porque los préstamos otorgados por tales entidades se ajusten a las proporciones establecidas por la ley; y e). Las demás que le asigne el Jefe de la División. Sección de Corporaciones Financieras.