De la asistencia técnica. Toda empresa aplicadora de plaguicidas en edificaciones, vehículos, productos, área pública, área agrícola, pecuaria y forestal, deberá contar con la asistencia técnica de un profesional que acredite título universitario y capacitación y entrenamiento específicos, quien debe estar inscrito en el Servicio Seccional de Salud o la Regional del Instituto Colombiano Agropecuario, respectivos.
La asistencia técnica debe estar respaldada por un contrato de asesoría no inferior a 40horas mensuales, según tamaño de la empresa y número de empleados.