° Apruébase la Resolución número 340 de fecha 14 de mayo de 1971, dictada por el Superintendente de Notariado y Registro, cuyo texto es el siguiente: "RESOLUCIÓN NUMERO 340 DE 1971 (mayo 14) por la cual se determina la estructura y planta de personal de -la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos del Círculo de Barranquilla. El Superintendente de Notariado y Registro, en uso de las facultades que le confiere el artículo 62 del Decreto-ley número 1250 de 1970, RESUELVE: Artículo 1°. La estructura y planta de personal de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos del Círculo de Barranquilla será la siguiente: Despacho del Registrador. No. Cargo Clase Categoría Sueldo 1 Registrador $ 15.000 1 Secretario Mecanotaquígrafo II 16 2.100 1 Mensajero II 6 810 Oficina Jurídica. 1 Jefe de Oficina IV 26 5.450 2 Sustanciadores III 17 2.310 Sección de Inscripción de Inmuebles. 4 Catalogadores (Asentadores) II 15 1.910 2 Codificadores (Matriculadores) III 15 1.910 1 Catalogador (Insinuador) I 13 1.580 Sección de Certificaciones 1 Jefe de Sección III 21 3.380 5 Sustanciadores I 13 1.580 5 Sustanciadores II 15 1.910 1 Archivero I 11 1.310 2 Oficinistas ( Cancelaciones y Reproducciones) II 11 1.310 Sección Administrativa 1 Jefe de Sección II 19 2.790 1 Contador (Pagador) I 17 2.310 1 Cajero V 16 2.100 1 Secretario Mecanógrafo I 10 1.190 1 Auxiliar de Servicios Generales (Entrega de Documentos). II 8 980 1 Celador III 9 1.080 1 Aseadora III 7 890 Artículo 2° Esta Resolución rige a partir de la fecha de su aprobación por el Gobierno Nacional. Comuníquese y cúmplase.
Decreto 1054 de 1971 →Vigente
Artículo 1
Apruébase La Resolución Número 340 De Fecha 14 De Mayo De 1971, Dictada Por El Superintendente De Notariado Y Registro, Cuyo Texto Es El Siguiente: "resolución Numero 340 De 1971 (Mayo 14) Por La Cual Se Determina La Estructura Y Planta De Personal De -La Oficina De Registro De Instrumentos Públicos Del Círculo De Barranquilla
Decreto 1054 de 1971 · Por el cual se aprueba la Resolución 340 de 14 de mayo de 1971, expedida por el Superintendente de Notariado y Registro
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.