Micelio

Artículo 1

Apruébase La Resolución Número 340 De Fecha 14 De Mayo De 1971, Dictada Por El Superintendente De Notariado Y Registro, Cuyo Texto Es El Siguiente: "resolución Numero 340 De 1971 (Mayo 14) Por La Cual Se Determina La Estructura Y Planta De Personal De -La Oficina De Registro De Instrumentos Públicos Del Círculo De Barranquilla

Decreto 1054 de 1971 · Por el cual se aprueba la Resolución 340 de 14 de mayo de 1971, expedida por el Superintendente de Notariado y Registro

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Apruébase la Resolución número 340 de fecha 14 de mayo de 1971, dictada por el Superintendente de Notariado y Registro, cuyo texto es el siguiente: "RESOLUCIÓN NUMERO 340 DE 1971 (mayo 14) por la cual se determina la estructura y planta de personal de -la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos del Círculo de Barranquilla. El Superintendente de Notariado y Registro, en uso de las facultades que le confiere el artículo 62 del Decreto-ley número 1250 de 1970, RESUELVE: Artículo 1°. La estructura y planta de personal de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos del Círculo de Barranquilla será la siguiente: Despacho del Registrador. No. Cargo Clase Categoría Sueldo 1 Registrador $ 15.000 1 Secretario Mecanotaquígrafo II 16 2.100 1 Mensajero II 6 810 Oficina Jurídica. 1 Jefe de Oficina IV 26 5.450 2 Sustanciadores III 17 2.310 Sección de Inscripción de Inmuebles. 4 Catalogadores (Asentadores) II 15 1.910 2 Codificadores (Matriculadores) III 15 1.910 1 Catalogador (Insinuador) I 13 1.580 Sección de Certificaciones 1 Jefe de Sección III 21 3.380 5 Sustanciadores I 13 1.580 5 Sustanciadores II 15 1.910 1 Archivero I 11 1.310 2 Oficinistas ( Cancelaciones y Reproducciones) II 11 1.310 Sección Administrativa 1 Jefe de Sección II 19 2.790 1 Contador (Pagador) I 17 2.310 1 Cajero V 16 2.100 1 Secretario Mecanógrafo I 10 1.190 1 Auxiliar de Servicios Generales (Entrega de Documentos). II 8 980 1 Celador III 9 1.080 1 Aseadora III 7 890 Artículo 2° Esta Resolución rige a partir de la fecha de su aprobación por el Gobierno Nacional. Comuníquese y cúmplase.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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