Todo afiliado a la Corporación puede hacerse representar en las reuniones de la Asamblea mediante poder escrito debidamente autorizado. Se estará a lo dispuesto en los respectivos estatutos para la inscripción de participantes con calidad de miembros o afiliados hábiles y la presentación de poderes ante la Secretaría General de la Caja de Compensación o, en su defecto, ante el Director Administrativo de la misma. En todo caso se avisará en la convocatoria el término fijado para estos efectos.
Decreto 2337 de 1982 →Vigente
Artículo 33
Decreto 2337 de 1982 · Por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 21 de 1982
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.