La presente Ley rige a partir de la fecha de su sanción y deroga la Ley 60 de 1993, los artículos 82, 102, 103, tercer inciso y parágrafo primero del artículo 105, 120, 121, 122, 123, 124, 134, el literal d) del numeral 1 del artículo 148, el artículo 154, el literal g) del artículo 158, el literal e) del artículo 161 y el artículo 172 de la Ley 115 de 1994; los artículos 37, 61, las secciones 3 y 4 del Capítulo III del Decreto 2277 de 1979, el último inciso del artículo 157 de la Ley 100 de 1993, los incisos tercero y cuarto del artículo 20 de la Ley 344 de 1996 y las demás normas que le sean contrarias.
Ley 715 de 2001 →Vigente
Artículo 113
Vigencia Y Derogatorias
Ley 715 de 2001 · LEY 715 DE 2001, 21/12/2001, por la cual se dictan normas orgánicas en materia de recursos y competencias de conformidad con los artículos 151, 288, 356 y 357 (Acto Legislativo 01 de 2001) de la Constitución Política y se dictan otras disposiciones para organizar la prestación de los servicios de educación y salud, entre otros.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
deroga decreto 2277/79 deroga decreto 2277/79 deroga decreto 2277/79 deroga decreto 2277/79 deroga decreto 2277/79 deroga decreto 2277/79 deroga decreto 2277/79 deroga decreto 2277/79 deroga decreto 2277/79 deroga decreto 2277/79 deroga decreto 2277/79 deroga decreto 2277/79 deroga decreto 2277/79 deroga decreto 2277/79 deroga ley 115/94 deroga ley 115/94 deroga ley 115/94 deroga ley 115/94 deroga ley 115/94 deroga ley 115/94 deroga ley 115/94 deroga ley 115/94 deroga ley 115/94 deroga ley 115/94 deroga ley 115/94 deroga ley 115/94 deroga ley 115/94 deroga ley 115/94 deroga ley 115/94 deroga ley 100/93 deroga ley 344/96 deroga ley 60/93
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.