El 20 del mismo mes de Diciembre, á las doce del día, se instalarán en las capitales de las Circunscripciones las Juntas Electorales para que hagan y comuniquen, á la mayor brevedad posible, los nombramientos de Jurados Electorales de cada uno de los Municipios de la Circunscripción.
Decreto 1074 de 1910 →Vigente
Artículo 3
El 20 Del Mismo Mes De Diciembre, Á Las Doce Del Día, Se Instalarán En Las Capitales De Las Circunscripciones Las Juntas Electorales Para Que Hagan Y Comuniquen, Á La Mayor Brevedad Posible, Los Nombramientos De Jurados Electorales De Cada Uno De Los Municipios De La Circunscripción
Decreto 1074 de 1910 · Por el cual se reglamenta la elección para Diputados a las Asambleas Departamentales en desarrollo de las leyes sobre elecciones
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.