º. Seguros. De conformidad con el numeral 10 del artículo 46 de la Ley 546 de 1999, el establecimiento de crédito deberá tomar una póliza de seguro sobre el bien objeto de contrato de readquisición de vivienda, que ampare los riesgos de incendio y terremoto, en su parte destructible, por su valor comercial calculado de la forma como lo establece el literal e) del artículo 2º del presente decreto. El valor asegurado se ajustará anualmente. El costo de la prima estará a cargo del establecimiento de crédito durante la vigencia del contrato de opción de readquisición de vivienda.
Decreto 2336 de 2000 →Vigente
Artículo 4
Seguros
Decreto 2336 de 2000 · por medio del cual se reglamenta la forma en que puede ejercerse la opción de readquisición de vivienda prevista en los artículos 46 y 47 de la Ley 546 de 1999
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.