Ejecución de la evaluación. Durante el desarrollo de la evaluación, el Departamento Nacional de Planeación (DNP) debe propender por la calidad técnica de las evaluaciones que se lleven a cabo, garantizando tanto el rigor metodológico como la pertinencia de los resultados y su relación con las necesidades definidas en el diseño. El desarrollo de esta tarea, será realizado por la Dirección de Seguimiento y Evaluación de Políticas Públicas (DSEPP) en coordinación con la Dirección Técnica relacionada con la intervención pública sujeta a evaluación.
Decreto 1290 de 2014 →Vigente
Artículo 31
Ejecución De La Evaluación
Decreto 1290 de 2014 · Por el cual se reglamenta el Sistema Nacional de Evaluación de Gestión yResultados Sinergia-
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.