Micelio

Artículo 2

Ley 154 de 1948 · Por la cual se honra la memoria del General Celerino Jiménez

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

En la ciudad de Ibagué, estación del ferrocarril del Tolima, se erigirá un busto del General, como demostración de gratitud del pueblo del Tolima y del Gobierno Nacional por haber dirigido como gerente la construcción de dicho ferrocarril, con laboriosidad y celo encomiables, distinguiéndose como un excelente administrador y ponderado hombre de acción.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 154 de 1948