Utilización de los Servicios de Correo. Las solicitudes de que trata el presente decreto podrán formularse con el envío de la documentación correspondiente por correo certificado.
Se entenderá que el peticionario presentó la solicitud o dio respuesta al requerimiento de Coldeportes, en la fecha en que la empresa de correo certificado expidió al respectivo recibo de envío.
Igualmente los peticionarios podrán solicitar a Coldeportes el envío por correo de sus documentos o de las comunicaciones pertinentes.
Se entenderá válido el envío por correo certificado siempre y cuando la dirección de Coldeportes esté correcta y claramente escrita.
(Decreto 407 de 1996, artículo 13)