El Gobierno podrá contratar con los Departamentos la construcción de las obras a que se refiere la presente Ley, y dichas entidades quedan a su vez autorizadas para subcontratar la ejecución de los trabajos respectivos con ingenieros particulares o empresas constructoras, pero siempre bajo la intervención de la oficina Técnica Nacional.
Ley 126 de 1938 →Derogado
Artículo 12
Ley 126 de 1938 · Sobre suministro de luz y fuerza eléctrica a los Municipios, adquisicion de empresas de energia eléctrica, de teléfonos y de acueductos e intervención del Estado en la prestacion de los servicios de las mimas empresas
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Derogado
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.