Micelio

Artículo 15

El Alumno Que En Un Control De Vuelo No Obtuviere La Mínima Calificación Se Le Concederá, A Juicio Del Jefe De Estudios, De Acuerdo Con Su Monitor Respectivo Y Previo Examen De Sus Calificaciones De Vuelo, Un Tiempo Mayor De Instrucción De Vuelo (Nunca Más De Dos Horas) En Aquellas Maniobras Que No Satisfagan Después De Lo Cual El Alumno Será Sometido A Un Nuevo Control

Decreto 822 de 1939 · Por el cual se reglamentan los estatutos y las condiciones de admisión de los alumnos de la Base-Escuela de aviación Militar Ernesto Samper

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El alumno que en un control de vuelo no obtuviere la mínima calificación se le concederá, a juicio del Jefe de Estudios, de acuerdo con su monitor respectivo y previo examen de sus calificaciones de vuelo, un tiempo mayor de instrucción de vuelo (nunca más de dos horas) en aquellas maniobras que no satisfagan después de lo cual el alumno será sometido a un nuevo control.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 822 de 1939