Micelio

Artículo 17

Ley 24 de 1921 · Sobre prenda agraria

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

En caso de venta voluntaria o forzada de los bienes constituidos en garantías prendarías, el producto de ellas se distribuirá en la forma y orden siguientes:

1º Pago de los gastos judiciales por el depósito administración y remate de tales bienes, incluidos los salarios y sueldos;

2.

Pago de los impuestos fiscales que se adeudaron sobre los mismos bienes,

3.

Pago do los intereses y del capital del préstamo o préstamos en el orden de su inscripción.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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