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Artículo 30

Son Funciones De La Sección De Control Dé Cajas De Compensación Familiar: A) Ejercer El Control Administrativo Y Fiscal Sobre Las Entidades, Dependencias Y Asociaciones Que Manejen O Distribuyan Subsidio Familiar Y Sobre Las Inversiones, Participaciones E Intereses Provenientes De Los Recursos De Este Subsidio; B) Elaborar Proyectos De Reglamentación

Decreto 62 de 1976 · Por el cual se modifica la organización administrativa del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Son funciones de la Sección de Control dé Cajas de Compensación Familiar

a)

Ejercer el control administrativo y fiscal sobre las entidades, dependencias y asociaciones que manejen o distribuyan subsidio familiar y sobre las inversiones, participaciones e intereses provenientes de los recursos de este subsidio;

b)

Elaborar proyectos de reglamentación .sobre contabilidad y auditoria de las cajas de compensación familiar;

c)

Auditar las cuentas de las cajas de compensación familiar, de acuerdo con la reglamentación adoptada;

d)

Practicar visitas de oficio a solicitud de parte, a las cajas de compensación familiar, con el fin de verificar el cumplimiento de las normas establecidas;

e)

Adelantar las investigaciones administrativas en las cajas de compensación familiar y en las entidades que manejen o distribuyan subsidio familiar y tomar las medidas cautelares cuando fuere el caso;

f)

Estudiar y tramitar las solicitudes de pago directo de subsidio familiar;

g)

Estudiar y tramitar las solicitudes que presenten las empresas en lo referente a exoneración del pago de subsidio familiar y de los aportes al Servicio Nacional de Aprendizaje:

h)

Elaborar un informe completo y detallado de cada visita o investigación, que analice con la mayor profundidad y objetividad los aspectos administrativos, financieros, legales contables, económicos y sociales de la entidad visitada;

i)

Estudiar los balances y revisar, aprobar o improbar las cuentas y demás informes financieros o económicos que están obligadas a rendir las entidades sometidas a su control, y

j)

Ejercer las atribuciones que le confiera la ley o que le sean adscritas o delegadas.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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