° El Departamento Administrativo Nacional de Cooperativas contará, además de las establecidas mediante Decreto 174 del 15 de enero de 1986, con las siguientes regionales: Regional Ambito Territorial Arauca Intendencia de Arauca Yopal Intendencia de Casanare
Decreto 579 de 1990 →Vigente
Artículo 1
El Departamento Administrativo Nacional De Cooperativas Contará, Además De Las Establecidas Mediante Decreto 174 Del 15 De Enero De 1986, Con Las Siguientes Regionales: Regional Ambito Territorial Arauca Intendencia De Arauca Yopal Intendencia De Casanare
Decreto 579 de 1990 · por el cual se establecen dos dependencias regionales del Departamento Administrativo Nacional de Cooperativas en Arauca y Yopal y se determina su ámbito territorial.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.