Se consideran circunstancias agravantes, entre otras las siguientes
Reincidir en la comisión de faltas.
Realizar el hecho en complicidad con subalternos.
Cometer la falta aprovechando la confianza depositada por el superior.
Cometer la falta para ocular otra.
Rehuir la responsabilidad o atribuírsela a otro u otros.
Infringir varias obligaciones con la misma acción u omisión, y.
Preparar ponderadamente la infracción y las modalidades empleadas en la comisión de la misma.