Micelio

Artículo 5

Decreto 759 de 1966 · Por el cual se crea un Fondo de Fomento de Servicios Docentes en los establecimientos nacionales de educación.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El manejo de los dineros y bienes del Fondo de Fomento y Servicios Docentes corresponderá al Pagador del respectivo establecimiento

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 759 de 1966