Micelio

Artículo 4

Ley 64 de 1919 · por la cual se ordena la construcción de una Estación Sanitaria y se votan varios auxilios

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Municipio de Ciénaga contrae, por la aceptación de los auxilios a que se refieren los artículos anteriores, la obligación de hacer recibir y atender en el hospital los miembros del Ejército, de los Resguardos y demás fuerzas nacionales que enfermen, sin lugar a remuneración especial, y el hospital estará por lo demás sometido a las visitas oficiales que decrete la Oficina Nacional de Higiene, cuyos reglamentos y disposiciones deben tener allí fiel y estricto cumplimiento.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 64 de 1919