Micelio

Artículo 4

Decreto 3687 de 1981 · Por el cual se aprueba el Acuerdo número 1 de fecha 16 de diciembre de 1981 del Consejo Nacional de Salarios.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Deróganse todas las disposiciones anteriores sobre salario mínimo que le sean contrarias al presente acuerdo.

Comuníquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, a los dieciséis (16) días del mes de diciembre de mil novecientos ochenta y uno (1981).

El Presidente del Consejo Nacional de Salarios,

(Fdo.) Maristella Sanín de Aldana, Ministra de Trabajo y Seguridad Social.

El Secretario del Consejo,

(Fdo.) Alfredo Camacho Gaitán".

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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