Micelio

Artículo 14

Adjudicación De Las Acciones En La Segunda Etapa

Decreto 2305 de 2016 · por el cual se aprueba el posee en Programa de Enajenación de las acciones que Ecopetrol S. A. la Empresa de Energía de Bogotá S. A. E.S.P.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Adjudicación de las Acciones en la Segunda Etapa. La adjudicación de las Acciones en la Segunda Etapa se llevará a cabo por el Enajenante, por la Bolsa de Valores de Colombia S. A., o por quien el Enajenante designe, mediante procedimientos que tengan como propósito procurar

a)

Amplia publicidad y libre concurrencia; y

b)

Transparencia y objetividad del proceso de adjudicación.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2305 de 2016