Micelio

Artículo 18

Decreto 2733 de 1959 · Por el cual se reglamenta el derecho de petición, y se dictan normas sobre procedimientos administrativos

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Articulo decimoctavo. Para todos los efectos legales a que haya lugar, se entenderá agotada la vía gubernativa, cuando la providencia o actos respectivos no son susceptibles de ninguno de los recursos establecidos en los recursos establecidos en el articulo decimotercero, o estos recursos se han decidido, ya se trate de providencias o actos definitivos, o de tramite si deciden directa o indirectamente el fondo del asunto, de modo que le pongan fin o hagan imposible la continuación.

Parágrafo

Se entenderá agotada la vía gubernativa cuando interpuestos algunos de los recursos señalados en los artículos anteriores, se entienden negados por haber transcurrido un plazo de un (1) mes sin que recaiga decisión resolutoria sobre ellos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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