Lo dispuesto en el artículo 68 del Decreto 3803 de 1982 se aplicará también a las retenciones sobre pasivos patrimoniales a favor de acreedores que sean personas naturales extranjeras residentes en el exterior o sucesiones ilíquidas de causantes extranjeros no residentes en Colombia en el momento de su muerte.
Decreto 398 de 1983 →Vigente
Artículo 20
Lo Dispuesto En El Artículo 68 Del Decreto 3803 De 1982 Se Aplicará También A Las Retenciones Sobre Pasivos Patrimoniales A Favor De Acreedores Que Sean Personas Naturales Extranjeras Residentes En El Exterior O Sucesiones Ilíquidas De Causantes Extranjeros No Residentes En Colombia En El Momento De Su Muerte
Decreto 398 de 1983 · Por el cual se aclaran y modifican algunas normas del Decreto legislativo 3803 de 1982 y se dictan otras disposiciones
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.